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OBJETIVOS DE LA LECCIÓN.

Al finalizar esta unidad didáctica serás capaz de:

  • Comprender el concepto de almacenamiento frigorífico de alimentos, así como los distintos tratamientos a los que pueden ser sometidos los productos refrigeración, congelación).
  • Distinguir las normas de funcionamiento de los almacenes frigoríficos y no frigoríficos de alimentos.
  • Conocer las prácticas prohibidas en el almacenamiento frigorífico y no frigorífico de alimentos.

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CONTENIDOS.

En esta unidad trataremos los siguientes contenidos:

Almacenamiento frigorífico de alimentos.

  • Normas de funcionamiento de los almacenes frigoríficos.
  • Malas prácticas en la actividad de almacenamiento frigorífico de alimentos.

Almacenamiento no frigorífico de alimentos.

  • Almacenamiento no frigorífico de alimentos.
  • Normas generales de funcionamiento de los almacenes no frigoríficos.
  • Operaciones y manejos prohibidos en la actividad de almacenamiento no frigorífico de alimentos.

📖 AQUÍ EMPIEZA LA LECCIÓN COMPLETA:


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ALMACENAMIENTO FRIGORÍFICO DE ALIMENTOS

Es la actividad consistente en mantener los alimentos dentro de cámaras frigoríficas, en las condiciones adecuadas a Cada variedad, para mantener el mayor tiempo posible sus características organolépticas. Su finalidad es conseguir que los alimentos sean aptos para el consumo, impidiendo el crecimiento de microorganismos peligrosos es de provocar enfermedades en los consumidores.

Las condiciones de mantenimiento de los alimentos en el interior de las cámaras frigoríficas dependen de los siguientes factores:

  • Temperatura
  • Humedad relativa
  • Velocidad de circulación del aire
  • Utilización de atmósferas modificadas.

Los alimentos conservados por el frío han sido sometidos previamente a un tratamiento de bajas temperaturas hasta conseguir la estabilidad térmica en el centro de la masa del alimento. Por estabilidad térmica entendemos la temperatura a la cual un alimento se mantiene en condiciones óptimas para el consumo, conservando estables sus características. Por centro térmico entendemos el punto interior de la masa de un alimento que mantiene la temperatura más alta después de haber aplicado un tratamiento de congelación o de refrigeración. Por lo tanto, diremos que un alimento conservado por el frío es estable, térmicamente hablando, cuando se consigue que la temperatura del centro térmico sea constante, sin oscilaciones, y que se encuentre dentro los límites exigidos por la legislación sanitaria y por la tecnología aplicada al alimento en cuestión.

Los alimentos conservados por el frío son de dos tipos, en función del tratamiento de frío al que hayan sido sometidos: congelados o refrigerados.


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-ALIMENTOS CONGELADOS.

Son aquellos que presentan su agua de constitución convertida en hielo por la acción de temperaturas por debajo del punto de congelación del agua. Los alimentos congelados deben conservarse a temperaturas que garanticen la ausencia de oscilaciones térmicas en el centro térmico del alimento. Cada tipo de alimento tiene su temperatura de congelación, como veremos en el siguiente ejemplo:

  • Pescados: por debajo de -18ºC
  • Carnes por debajo de -12ºC
  • Helados : por debajo de -20ºC o de -25ºC, según el tipo.

Cuando la congelación se produce muy rápidamente hablamos de alimentos ultracongelados. Un alimento ultracongelado es aquel que reúne las siguientes condiciones:

  1. El paso de agua a cristales de hielo (cristalización) en el interior del alimento se produce muy rápidamente. Esto ocurre entre -1 y -5ºC.
  2. La temperatura de estabilidad térmica en el Centro térmico llega hasta –18ºC e, incluso, a temperaturas inferiores en muy corto tiempo.
  3. La temperatura de conservación del alimento en todo el circuito debe ser inferior a -18ºC.

Los alimentos congelados y los ultracongelados se mantendrán en el interior de cámaras de mantenimiento de congelados y se transportarán en vehículos dotados de equipos de conservación de congelados.

Para congelar alimentos esta admitido el uso de aire, el nitrógeno y el anhídrido carbónico.


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-ALIMENTOS REFRIGERADOS.

Son los alimentos sometidos a la acción del frío, de tal modo que la temperatura en todo el alimento nunca llega a la de congelación, pero es lo suficientemente baja como para que se mantenga apto para el consumo durante el periodo de almacenamiento. Dicho periodo de almacenamiento esta garantizado por el fabricante o envasador del alimento, e identificado por medio de la fecha de duración mínima o de la fecha de caducidad.

La temperatura de conservación a refrigeración de los alimentos será la que indique la legislación y la tecnología del producto, dependiendo directamente del tipo de alimento, como vemos en los siguientes ejemplos:

  • Pescado fresco: por debajo de 5º C;
  • Carne fresca: por debajo de 7º C;
  • Carne de aves: por debajo de 4º C;
  • Hígado de vacuno: por debajo de 4º C;
  • Yogurt :por debajo de 8º C;
  • Leche pasteurizada: por debajo de 6º C.

Los alimentos refrigerados se mantendrán en el interior de las cámaras de almacenamiento por debajo de sus temperaturas de conservación y se transportarán en vehículos que aseguren el mantenimiento de la temperatura de conservación durante todo cl circuito de comercialización.

Los almacenes frigoríficos están formados por los equipos de producción de las temperaturas de mantenimiento, muelles de recepción y de expedición, antecámaras y cámaras frigoríficas (cámaras frigoríficas para alimentos congelados y cámaras frigoríficas para alimentos refrigerados).

No se deben confundir los términos congelar o refrigerar con el almacenamiento de  congelados o refrigerados. Tanto congelar como refrigerar consiste en tratar los alimentos con métodos que garanticen una bajada de temperatura hasta la estabilización térmica del alimento a su temperatura de conservación, mientras que almacenar significa introducir los alimentos congelados o refrigerados en locales que mantienen constante la temperatura del alimento congelado o refrigerado.

Las cámaras frigoríficas, en función del equipo productor de frío, pueden ser de uso exclusivo para productos congelados, de uso exclusivo para refrigerados, o bien de uso mixto o bitémperas.

  • Cámaras bitémperas son las cámaras frigoríficas con capacidad para almacenar alternativamente alimentos refrigerados o congelados.
  • Cámaras mixtas son las que poseen la capacidad de enfriar los alimentos hasta la temperatura de refrigeración en menos de 24 horas, y después mantener constante dicha temperatura durante el periodo de almacenamiento.

Según el uso que se les dé, los almacenes frigoríficos se clasifican en:

  • Almacenes de uso público: son los que almacenan alimentos de clientes para su conservación hasta que sean recogido por estos últimos;
  • Almacenes privados: son los que almacenan alimentos propiedad de una empresa para su uso o para distribuirlos directamente;
  • Almacenes de uso mixto: son los que realizan ambas funciones.

Sanitariamente no existen diferencias entre ellos. Las disposiciones legales en cuanto a instalaciones, prácticas de manejo, prácticas prohibidas o aplicación de los sistemas APPCC son las mismas.

La actividad de almacenamiento frigorífico de alimentos está regulada por medio de la disposición legal recogida en las Normas Sanitarias aplicadas a los alimentos ultracongelados o congelados rápidamente.

Los almacenes frigoríficos de alimentos deben respetar una serie de normas básicas de funcionamiento para garantizar la manipulación higiénica de los productos almacenados.

Estas normas básicas de funcionamiento son:

  1. Realización de controles sobre las condiciones ambientales del interior de las cámaras frigoríficas:
  • Control de la temperatura de las cámaras, para garantizar que se respeta la temperatura máxima de conservación de los productos almacenados.
  • Control de la humedad relativa en el interior de las cámaras, que se llevará a cabo obligatoriamente en el caso de almacenar alimentos refrigerados sin envasar.
  • Control de la velocidad de circulación del aire, para asegurar que éste se distribuye de un modo homogéneo y que no reseca los alimentos almacenados en el interior de las cámaras. Se controlará diariamente la circulación del aire para evitar que haya aire estancado o zonas expuestas a corrientes de aire en las cámaras.
  • Control diario de la composición de las atmósferas modificadas, para asegurar que no representa riesgos para los alimentos y que éstos se conservan adecuadamente.

El control de la temperatura se realiza en periodos de tiempo regulares y con una periodicidad mínima de dos veces al día. El control diario de la temperatura de las cámaras se anotará y se registrará en fichas, o en partes de trabajo, y se archivará al menos durante dos años mínimo. La misma medida se aplica a los registros automáticos de la temperatura de las cámaras de conservación de congelados y en las de conservación de alimentos refrigerados que se almacenen durante más de ocho días, lo que equivale a decir que los registros de los termógrafos deben archivarse durante un mínimo de dos años.

Los documentos en los que figuren los controles de las temperaturas serán fechados y conservados por las empresas responsables de los medios de transporte y de los locales de almacenamiento durante dos años, como mínimo, contado a partir de la fecha de finalización del transporte o de la de salida de los productos de los locales de almacenamiento.

La temperatura debe ser estable y los equipos de producción de frío garantizarán que  no ce produzcan oscilaciones básicas de la temperatura ambiental dentro de las cámaras.

El control de la humedad relativa se realiza también dos veces al día, archivándose los resultados de igual forma que la temperatura.

  1. Realización de controles sobre la entrada y la expedición de los productos alimentarios almacenados y sobre las manipulaciones efectuadas con ellos en el interior del almacén.

El personal de los almacenes debe controlar que las operaciones de carga y descarga, y las operaciones de preparación de pedidos se realicen rápidamente, para evitar romper la cadena del frío (con el consiguiente aumento de la temperatura de los productos).

Las empresas contaran con un plan de actuación ante las emergencias que puedan surgir por avenas en el equipo de frío, que o bien evite el deterioro de los productos, o bien identifique, aísle y elimine los alimentos alterados. La eliminación de decomisos se hará por medio de empresas de destrucción o aprovechamiento especializadas y autorizadas.

El sistema de control de los alimentos en un almacén ha de garantizar la anotación de: las fechas de entrada por tipo de producto, el tipo de almacenamiento (refrigeración, congelación),la temperatura de los productos, el proveedor, las fechas de caducidad, las fechas de salida y el destino de los alimentos. Estos controles deben permitir identificar los alimentos almacenados y distribuidos por lotes de fabricación.

Dentro de los sistemas de control también tenemos la identificación de los decomisos por medio de los certificados de recogida y de destrucción.

  1. Realización de controles sobre el modo de almacenar los alimento o estiba, para garantizar que la aplicación del frío se realiza adecuadamente y que se evita el contacto de los alimentos con el suelo o con las paredes. Para ello, la distancia mínima entre los alimentos y la pared será de 15 centímetros, con el suelo será de 10 centímetros, con el techo de 50 centímetros y de 150 centímetros con los evaporadores.

En el interior de las cámaras se dejarán pasillos entre las hileras de alimentos para permitir el paso de las personas y para que se produzca una aireación adecuada.

La estiba de alimentos a granel se realizará de tal modo que evite el contacto de los mismos con suelos, paredes y techos, así como la mezcla de diversas partidas de alimentos.

  1. Respetar las incompatibilidades de almacenamiento entre diferentes productos alimentarios.

En el caso de alimentos refrigerados no se pueden almacenar en la misma cámara materias primas con productos elaborados, ni productos vegetales con productos animales, salvo que estén envasados herméticamente.

Además, deben permanecer aislados en cámaras diferentes, los productos lácteos, los huevos, las aves, la caza con pelo y pluma, las canales de caza, y los de los pescados y mariscos, la carne y los despojos de équidos, las canales y los despojos de los animales de abasto y las tripas. Los vegetales se almacenan por separado en función de sus condiciones de conservación.

En el caso de alimentos congelados no existen problemas de almacenamiento si éstos se encuentran envasados adecuadamente. En el caso de alimentos congelados no envasados se mantendrán separados las carnes de équidos y los despojos, los pescados y mariscos, la Caza, los despojos de animales de abasto y las tripas.

  1. Realizar un control del etiquetado de los alimentos para garantizar que se almacenan correctamente (fechas, temperaturas, identificación,..), y de las operaciones de envasado.

Si en el almacén se realizase la actividad de envasado, se llevaría a cabo en un local independiente al de almacenamiento, y se etiquetarían los alimentos de acuerdo con lo establecido en la Norma General de Etiquetado.

  1. Realización de controles sobre la eficacia y el desarrollo de la limpieza, desinfección, desinsectación y desratización (L.D.D.D.) de los locales.

La empresa garantizará la ejecución de estos planes por medio de fichas de control, realización de análisis de superficies, Contratos con empresas de aplicación, certificados de visitas realizadas, y anotación y registro de los productos utilizados.

El control debe garantizar que los tratamientos se aplican correctamente para evitar la alteración y contaminación de los alimentos con los productos utilizados en los planes de LDDD.

Si se utiliza ozono, se controlará que los aparatos productores no generen más de 0,05 ppm.


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MALAS PRÁCTICAS EN LAS ACTIVIDADES DE ALMACENAMIENTO FRIGORÍFICO.

En la legislación sanitaria aplicable a la actividad de almacenamiento frigorífico de alimentos se prohíbe expresamente lo siguiente:

  • Usar los locales para otra actividad que no sea el almacenamiento de alimentos.
  • Introducir motores de combustión en funcionamiento que produzcan humos en el interior de las cámaras, o hacer fuego o producir humo.
  • Comer, mascar chicle, goma o tabaco, fumar, escupir en las cámaras y lugares de trabajo con alimentos.
  • Parar los equipos productores de frío durante tanto tiempo que se produzca un aumento de la temperatura de los alimentos por encima de los valores máximos.
  • Almacenar alimentos no identificados, alterados, contaminados o adulterados.
  • Almacenar alimentos refrigerados en cámaras de alimentos congelados.
  • Almacenar alimentos congelados en cámaras de alimentos refrigerados.
  • Realizar la congelación de alimentos en las cámaras de almacenamiento de alimentos congelados. Únicamente se puede congelar en túneles de congelación.
  • Efectuar la recongelación de productos descongelados.
  • Efectuar la descongelación de alimentos para su venta como frescos.
  • Almacenar alimentos incompatibles, tal y como se señaló en el apartado anterior.
  • Congelar en túneles alimentos incompatibles sin realizar previamente una limpieza y desinfección de éstos.
  • Almacenar alimentos con productos tóxicos o plaguicidas, o con productos no alimentarios.
  • Almacenar sin autorización los alimentos decomisados.
  • Usar agua no potable para la limpieza de alimentos, manipuladores, superficies y otros elementos que contacten con los alimentos.
  • Realizar el almacenamiento a granel sin protección adecuada que evite caídas de productos o contaminación cruzada entre diferentes bloques o partidas de alimentos.
  • Producir charcos de agua en el interior de las cámaras con alimentos y utilizar serrín u otros productos en polvo en los locales de un almacén frigorífico.
  • Presencia de animales en el interior de los locales de un almacén frigorífico.

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ALMACENAMIENTO NO FRIGORÍFICO DE ALIMENTOS.

El almacenamiento no frigorífico de alimentos es la actividad alimentaria que consiste en guardar los alimentos que no necesitan la aplicación de temperaturas frías para su conservación en locales aptos, desde el punto de vista de la Higiene Alimentaria, hasta que ce distribuyan o se utilicen.

Los alimentos que se almacenen en estos locales con aquellos cuyas características organolépticas no se van a alterar a temperaturas ambientales moderadas, debido a su propia composición o a los tratamientos tecnológicos recibidos.

Es obligatoria la inscripción de los almacenes no frigoríficos de alimentos en el Registro General Sanitario de Alimentos, tal y como viene indicado en la citada reglamentación técnica.

Los almacenes no frigoríficos de alimentos respetar en todo momento los criterios de manipulación que establecen los principios de Higiene Alimentaria. Para ello deben seguir lo recogido en la Normativa Sanitaria, la cual establece las siguientes Normas de funcionamiento.


PRÁCTICAS DE MANIPULACIÓN EN ALMACÉN.

En los locales de almacenamiento permanecerán separados en locales independientes:

  • Los alimentos, respetando que no exista incompatibilidad entre los alimentos almacenados para evitar alteraciones o contaminaciones.
  • Los productos no alimentarios, es decir, envases y embalajes, así como productos de limpieza y desinfección.
  • Las cámaras de desinfección o desinsectación, cuando sea necesario llevar a cabo estos tratamientos y el local disponga de la autorización oportuna para realizarlos.
  • Mantener constantes, y dentro de unos limites adecuados, la temperatura, la humedad relativa y la circulación del aire, para evitar alteraciones de los alimentos que se almacenen.
  • Siempre se evitar si la acción directa del sol y del aire sobre los alimentos almacenados.
  • Realizar la estiba en condiciones higiénicas y adecuadas, evitando que los alimentos, incluso los envasados, contacten con el suelo, y dejando pasillos de separación entre las hileras de alimentos para permitir la circulación de aire.
  • Evitar que los alimentos contacten con las paredes o con el techo.
  • Retirar periódicamente los alimentos alterados, infestados, golpeados, abollados, caducados o con otros signos de alteración que impidan su comercialización. La práctica de almacenamiento debe garantizar la renovación periódica de productos para evitar sobrepasar la fecha de vida útil.
  • Para controlar adecuadamente las condiciones de aptitud de los alimentos, los manipuladores conocerán las características de los alimentos almacenados y podrán realizar las mediciones necesarias para controlar dichas características. es decir, controlar el peso, humedad o temperatura de los alimentos.
  • Aplicar los tratamientos de conservación de los alimentos. Para ello se contará con la presencia de cámaras autorizadas para tratamientos de desinfección o desinsectación de los alimentos, como es el caso de las legumbres. Estos tratamientos se realizarán, con autorización expresa para ello, aplicando productos autorizados, y sólo por personas especialistas en la manipulación de plaguicidas y »tras sustancias. Para asegurar esta última condición, los manipuladores de plaguicidas estarán en posesión de un carnet que los identifique.
  • Los tratamientos de conservación que utilicen sustancias químicas también pueden ser aplicados por empresas autorizadas para manipular este tipo de productos.
  • La recepción y la expedición de alimentos se deben llevar a cabo con la mayor rapidez posible, para garantizar que los alimentos no permanezcan a la intemperie en el exterior del almacén. Los muelles siempre estarán limpios.
  • Garantizar que se respetan permanentemente las condiciones de conservación.
  • Además de cumplir con estas normas básicas de almacenamiento, se cumplirán las normas específicas de cada alimento e, igualmente, las condiciones impuestas por el fabricante del alimento que se vaya a almacenar.

CARACTERÍSTICAS DE LOS ALIMENTOS ALMACENADOS.

En primer lugar, para realizar un correcto almacenamiento de alimentos, es preciso que éstos se encuentren en perfectas condiciones, es decir, sólo se almacenarán alimentos que no presentes signos de alteración o de contaminación. Además de esta característica, recogida en la Reglamentación, vamos a conocer otras cualidades que deben cumplir los alimentos a almacenar:

  • Los alimentos se almacenarán clasificados, según el tipo de alimento, en pilas o lotes dentro del local. El método de clasificación garantizará la identificación de los lotes de alimentos recibidos.
  • Las pilas o lotes se harán de tal forma que evite la caída al suelo y el contacto con suelos, paredes y techos. Como ya hemos señalado anteriormente, se dejarán pasillos entre las pilas de alimentos para permitir que circule el aire correctamente.
  • Para garantizar que los alimentos almacenados se encuentren en buenas condiciones de consumo, las pilas formadas deben permitir comprobar fácilmente el estado de los mismos.
  • Los alimentos deteriorados se retirarán diariamente de los locales de almacenamiento, y se almacenaran en un local separado del resto, para evitar confusiones. Si la alteración es tal que imposibilita su consumo, serán retirados a los depósitos y contenedores de basura.
  • Los alimentos almacenados en un mismo local deben ser compatibles. Los alimentos que emitan olores, que pueden absorber olores o que puedan contaminar otros alimentos, serán almacenados separadamente del resto.
  • Como norma general, se mantendrán en locales independientes aquellos alimentos que se almacenen a granel.
  • Para garantizar la trazabilidad de los alimentos, se identificaran por medio de lotes, marcas, y tipos de alimentos. De este modo vemos que uno de los controles del almacén va a consistir en anotar los lotes de cada partida de alimentos que entre y, a su vez, anotar el destino de cada uno de los lotes cuando se repartan los alimentos.

OPERACIONES Y MANIPULACIONES PROHIBIDAS EN LA ACTIVIDAD DE ALMACENAMIENTO NO FRIGORÍFICO DE ALIMENTOS

Según las Normas Sanitarias sobre almacenamiento no Frigorífico, están expresamente prohibidas las siguientes practicas de manejo:

  • Usar los almacenes para otra actividad distinta a la alimentaria para la que estén autorizados.
  • Almacenar alimentos con productos no alimentarios sin guardar una distancia adecuada de separación que impida la contaminación de los alimentos, o que pueda producir accidentes por confusión del alimento con un producto distinto (confusión debida a similitud de envases, por ejemplo).
  • Emplear agua no potable para la limpieza y lavado, tanto de los alimentos, si es que se realiza esta operación, como para la limpieza de los manipuladores, de las superficies y de los envases que contacten con los alimentos.
  • Realizar fuegos o producir humo en el interior de un almacén, incluyendo aquí la introducción de vehículos de transporte con motores de combustión.
  • Presencia de animales en el interior de los locales de almacenamiento.
  • Utilizar productos no autorizados en la limpieza de los locales.
  • Realizar la práctica de limpieza en seco de la superficie de los suelos.
  • Realizar las operaciones de lavado y limpieza de los vehículos dentro de los locales de almacenamiento.
  • Llenar los depósitos de combustible de los vehículos cerca de las zonas o muelles de carga y descarga de alimentos.
  • Almacenar alimentos no aptos para el consumo o almacenar alimentos de procedencia desconocida y sin la documentación sanitaria exigible en cada caso.
  • Almacenar o utilizar en los almacenes los siguientes productos: aldrín, clordano, DDT, dieldrín, metoxicloro, lindano (gama-BHC). Estos productos no deben estar presentes en ningún almacén de alimentos debido a su alto grado de toxicidad, y jamás serán utilizados como tratamiento desinfectante o desinsectante de los locales o de los alimentos almacenados.

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RESUMEN DE LA LECCIÓN.

La actividad de almacenamiento frigorífico consiste en conservar los alimentos tratados por el frío en el interior de cámaras frigoríficas, para mantener constante su temperatura.

En los almacenes frigoríficos se almacenan:

  • Alimentos refrigerados, por encima de la temperatura de congelación del agua.
  • Alimentos congelados, por debajo de la temperatura de congelación del agua. Dentro de este grupo mencionaremos los ultracongelados, que son los alimentos congelados rápidamente y conservados por debajo de -18ºC.

Las cámaras utilizadas en los almacenes frigoríficos pueden ser:

  • Cámaras para refrigerados: solo para conservar alimentos refrigerados.
  • Cámaras para congelados: solo para conservar alimentos congelados.
  • Cámaras bitémperas: para almacenar alternativamente congelados y refrigerados.
  • Cámaras mixtas: para enfriar alimentos a temperaturas de refrigeración en menos de 24 horas y luego conservarlos refrigerados.

Existen incompatibilidades de almacenamiento entre productos, tanto congelados como refrigerados, que deben respetarse en todo momento: materias primas con productos elaborados, productos vegetales con productos animales, etc.

Entre las prohibiciones expresas en el almacenamiento frigorífico de alimentos destacan: recongelar alimentos, descongelar alimentos para vender como frescos, congelar en cámaras de almacenamiento, presencia de animales, conservar congelados en cámaras de refrigerados y viceversa, conservar alimentos alterados y decomisos, trabajar con vehículos o equipos con motor de combustión en el interior de los almacenes, e introducir humo en el interior de las cámaras.

El almacenamiento no frigorífico de alimentos es la actividad alimentaria que consiste en guardar los alimentos que no necesitan la aplicación de temperaturas frías para su conservación en locales aptos hasta que ce distribuyan o se utilicen. 

Está expresamente prohibido usar los almacenes para otra actividad diferente a la que tienen designada; almacenar alimentos con productos no alimentarios  sin guardar dar una distancia adecuada de separación; usar agua no potable; realizar fuegos o producir humo en el interior del almacén; permitir la presencia de animales; utilizar productos no autorizados en la limpieza de los locales; realizar la limpieza en seco de los suelos; lavar y limpiar los vehículos o llenar los depósitos de combustible en los locales de almacenamiento; aceptar alimentos no aptos o sin documentación sanitaria de procedencia; almacenar y utilizar productos plaguicidas o de limpieza no autorizados, entre ellos: aldrín, clordano, DDT, dieldrín, metoxicloro, lindano (gama-BHC).


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DEFINICIONES

  • Humedad relativa: Es la humedad que se mide en el ambiente de una cámara.
  • Atmósferas modificadas: Ambientes con gases usados para conservar alimentos.
  • Antecámaras: Locales situados delante de las cámaras para evitar perdidas de frío.
  • Cámaras frigoríficas: Cámaras refrigeradas o de congelación para conservar alimentos.
  • Decomiso: Producto no apto para cl consumo humano y que debe ser retirado de la cadena alimentaria para su destrucción en una empresa autorizada.
  • Almacenes no frigoríficos: Locales donde se guardan los alimentos y que no cuentan con instalación frigorífica.
  • Registro General Sanitario de Alimentos: Autorización sanitaria que tiene cualquier actividad alimentaria reglada y que consiste en un número especifico que identifica cada actividad realizada.
  • Estiba: Modo de almacenar los productos.
  • Infestados: Alimentos que tienen insectos o parásitos.
  • Plaguicidas: Sustancias químicas usadas para eliminar plagas de insectos o parásitos.
  • Desinsectante: Sustancia que elimina insectos.

⭐⭐ FIN DE LA LECCIÓN  ⭐⭐

AHORA, REALIZA EL CUESTIONARIO CORRESPONDIENTE.

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